Mientras el Conpes 3900 de 2017 dice que va aplicar vigencias futuras excepcionales para la primera línea del metro- tramo 1, que exige estudios de ingeniería de detalle de conformidad con la ley, Peñalosa en su proyecto de acuerdo 602 dice que va a utilizar vigencias futuras ordinarias que solo exige estudios de factibilidad.
La razón es muy sencilla: es una maniobra jurídica porque el metro elevado de Peñalosa no tiene estudios técnicos de ingeniería detallada.
igualmente, en Colombia desafortunadamente existe una competencia residual de las entidades territoriales en materia presupuestal, lo que en el caso de las vigencias futuras significa que rigen para el distrito las normas expedidas por el gobierno nacional como la ley 1483 de 2011 y el decreto 2767 de 2012 que regula las vigencias futuras excepcionales para las entidades territoriales que el distrito tiene que cumplir.
Por tal motivo, el distrito no puede aplicar vigencias futuras ordinarias en el caso de obras de infraestructura como el metro, pues la ley 1483 y el decreto 2767 son claros que se deben aplicar las vigencias futuras excepcionales y la ley 1483 establece que deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Es tal la maniobra de Peñalosa y del gobierno nacional que el ministerio de hacienda sin tener competencia para modificar la ley. está preparando un decreto para derogar el literal e) del artículo 1 del decreto 2767 que exige estudios de ingeniería de detalle para proyectos de infraestructura como el metro, proyecto que decreto que es ilegal. En igual conducta, prevaricar, incurrirán las y los Concejales que voten este ilegal, aparte de lo inconveniente proyecto de acuerdo.
ALVARO ARGOTE MUÑOZ
CONCEJAL DE BOGOTÁ
PRESIDENTE DEL POLO
PEDRO NEL RUIZ DIAZ
JEFE DE PRENSA
3504335501