En ese orden de ideas, la señora Presidenta del Concejo de Bogotá, Nelly Patricia Mosquera Murcia, explicó que conforme al Acto Legislativo 04 de 2019, en el Artículo 6º, se estableció que la Contraloría General de la República desarrollará los términos generales para el proceso de convocatoria pública de selección de los contralores departamentales, municipales y distritales, y, por ende, la Presidenta había elevado una Consulta al Contralor del Distrito.
El doce (12) de noviembre de 2019, el Concepto del Consejo de Estado aclaró que el periodo de los próximos contralores territoriales que sean elegidos, ya no será de cuatro años, sino de dos, y en relación con el número de candidatos elegibles, entre los cuales las asambleas departamentales y los concejos municipales o distritales deben efectuar la elección, que ya no será de diez, sino de tres.
En virtud de los cambios indicados, la Sala recomienda que los procesos en curso se suspendan transitoriamente, para efectos de hacer los ajustes señalados y dar la oportunidad a todos los aspirantes o candidatos de manifestar expresamente si desean continuar con el proceso de elección, bajo las nuevas condiciones, o retirarse, sin ninguna sanción o consecuencia negativa para ellos.
Toda vez, que es muy importante saber cómo se llevará a cabo el proceso de convocatoria pública para la elección del Personero (a) y del Contralor del Distrito, para el periodo constitucional 2020-2023, en aras de que se haga con transparencia y meritocracia.
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