En la acción de nulidad radicada ante el Consejo de Estado, el cabildante de Opción Ciudadana solicita que se suspenda provisionalmente esta Directiva por la clara extralimitación de funciones del Ejecutivo, al desconocer las consideraciones dispuestas por la Corte Constitucional en la Sentencia C-379 de 2016.
Para el concejal Ramírez permitir “la utilización de los bienes del Estado y recursos del Tesoro Público” en esta deliberación va en contravía de las condiciones de igualdad, pues induce a que los servidores públicos se manifiesten por el Sí a la Paz, noción que se confunde con el Sí al Plebiscito.
Según Ramírez, tal como está contemplada la Directiva Presidencial infringe la prohibición expresa contenida en el numeral 4° del artículo 2° y el artículo 5° de la Ley Estatutaria 1806 de 2016 que establece lo siguiente: “Queda prohibido utilizar bienes del Estado o recursos del Tesoro Público, distintos de aquellos que se ofrezcan en igualdad de condiciones a todos los servidores”.
El concejal de la Familia solicita en la demanda que se le otorgue trámite preferencial por ser de interés nacional y no contar con antecedentes en la jurisprudencia colombiana.
MARCO FIDEL RAMIREZ
Concejal de Bogotá






