Para el Concejal de la Familia, “como una expresión de la Democracia Participativa, el pasado 2 de octubre el Constituyente Primario dijo NO en el plebiscito y según la Sentencia C-379 de 2016 de la Corte Constitucional, el resultado tiene efecto jurídico vinculante para Primer Mandatario. Por lo tanto, los llamados nuevos acuerdos, que de ‘nuevos’ no tienen nada, no pueden ser refrendados por el Constituyente Derivado (el Congreso), desconociendo la voluntad popular pronunciada con el triunfo del NO en el plebiscito”, afirma el concejal en la fundamentación de la tutela presentada.
Con la tutela, el Cabildante de Opción Ciudadana pretende en primer lugar, que el Ejecutivo respete la Democracia Participativa que manifestó NO en el resultado del plebiscito del 2 de octubre, en el que la soberanía popular rechazó la decisión política propuesta y en segundo lugar, busca que los “nuevos acuerdos” sean refrendados mediante un mecanismo de participación ciudadana en el que también se pronuncie el Constituyente Primario.
Finalmente, el concejal Marco Fidel Ramírez manifestó que “es fundamental contribuir con esta acción de tutela a proteger la Democracia Participativa colombiana, de la crisis inminente a la que la están conduciendo el Presidente Santos y parte del Congreso con el “conejo” que desconoce los resultados del plebiscito, en el que la mayoría del pueblo dijo No. Por eso espero que el magistrado Henry Aldemar Barreto Mogollón, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, ampare los derechos invocados”.
MARCO FIDEL RAMÍREZ
Concejal de Bogotá
Liliana Parra
Jefe de Prensa
Cel. 3045362328






