
En el escrito de impugnación el Concejal de la Familia argumentó que el ejercicio del control político del Congreso no incluye la competencia de refrendar acuerdos, situación que se agrava mucho más cuando se está desconociendo la voluntad del Constituyente Primario que se pronunció con el triunfo del NO en el Plebiscito del pasado 2 de octubre.
Igualmente el concejal Ramírez sostuvo que en el comunicado de la Sentencia C-699 de 2016, en la que la Corte Constitucional se pronunció sobre el Acto Legislativo para la Paz, el alto tribunal confirmó su tesis expuesta en la tutela, al considerar que “la refrendación populares un proceso en el que hay participación ciudadana directa, cuyos resultados deben ser respetados, interpretados y desarrollados de buena fe, en un escenario de búsqueda de mayores consensos…”, por lo que en lógica jurídica debe haber una refrendación con participación directa del pueblo soberano.
El Cabildante de Opción Ciudadana, quien en las últimas horas propuso un FRENTE DE SALVACIÓN NACIONAL para librar a Colombia del abismo institucional, espera que en 20 días el Consejo de Estado ampare los derechos fundamentales invocados y proteja la Democracia Participativa que se encuentra amenazada con un fast track y una refrendación del Congreso que contradice al Constituyente Primario y vulnera la voluntad soberana del pueblo.
MARCO FIDEL RAMÍREZ
Concejal de Bogotá






