El concejal de Bogotá, Orlando Santiesteban Millán, demandó la suspensión inmediata de los convenios solidarios, que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, DADEP, pretende imponer a las juntas de acción comunal para la administración de los salones comunales.
La posición del cabildante fue fijada en el debate que sobre el tema se realizó en la Comisión Tercera de Hacienda y Crédito Público, el 16 de octubre de 2013, en el cual se discutió el futuro de estos espacios comunitarios en la ciudad.
La razón: la medida que pretende implementar el gobierno distrital, a través del DADEP, lesiona los derechos y la autonomía otorgada por la ley a las juntas de acción comunal, pues les impone una serie de requisitos que en gran medida contraría su razón de ser, cuyos espacios vitales de participación comunitaria ya no podrían prestarse para una serie de actividades que hoy benefician a la ciudadanía.
En su intervención, Santiesteban Millán, afirmó que la propuesta de la Administración Distrital, tal como se intenta aplicar, pretende tener el control y vigilancia de los salones comunales sin invertir un peso, pero descargando una serie de responsabilidades presupuestales y administrativas a las juntas de acción comunal, como es el caso de su mantenimiento, seguridad y pólizas de manejo.
Una medida no concertada y sin un estudio serio para su aplicación
En la sesión, el concejal Santiesteban criticó los talleres realizados por parte del DADEP y el IDEPAC, en los que se dieron a conocer los llamados convenios solidarios.
Afirmó que lo dado fue la socialización de una propuesta elaborada por el DADEP, que no contó con negociación ni concertación por parte de quienes deben firmar los convenios solidarios, pues la participación de las juntas comunales fue mínima, razón por la cual la mayoría de ellas no se sienten representadas.
Al respecto, aseveró que al no aplicarse en la elaboración de los reglamentos los principios de diálogo, deliberación y concertación, que señala la política pública enmarcada dentro del Decreto 503 de 2011, además de no garantizar el ejercicio de la ciudadanía activa y de la participación individual y colectiva que habla la Ley 489 de 2008, no se aplicaron los principios de la democracia participativa y la democratización de la gestión pública.
Además, criticó la falta de exposición seria del llamado “Estudio de conveniencia y oportunidad”, por medio del cual se quiere implementar esta iniciativa, pues más bien parece la minuta de la misma. Publicación que consta de seis hojas que en su contenido carece de profundidad, de sustentación técnica, jurídica y de la conveniencia necesaria, como el señalamiento de los beneficios que traería ser firmada por parte de las juntas comunales.
El debate continuará el próximo lunes, 21 de octubre, de 2013, en el Recinto Los Comuneros, del Concejo de Bogotá.
Orlando Santiesteban Millán






