De esta manera y frente a la intención del Alcalde Mayor para cercenar las facultades del Cabildo Distrital, el referido Tribunal confirmó que en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, la Plenaria del Concejo de Bogotá puede suprimir artículos a los proyectos de acuerdo puestos a su consideración en segundo debate, previa deliberación y votación mayoritaria de los cabildantes.
Así mismo, la máxima autoridad administrativa de nuestra ciudad, ratifica la legalidad de la actuación adelantada por esta Corporación y que no obedece a posiciones encaminadas a impedir el normal funcionamiento de la ciudad, como se pretende hacer creer desde algunos sectores de la administración distrital.






