La concejala Ati Quigua en el marco del día internacional de los pueblos indígenas realizó debate de control político al gobierno de la alcaldesa Claudia López, sobre la implementación de las políticas públicas de la diversidad étnica y el artículo 66 del plan distrital de desarrollo

La Concejala le solicitó a la Personería de Bogotá hacer seguimiento al cumplimiento del artículo 66 del Plan Distrital de Desarrollo y a la Contraloría de Bogotá hacer seguimiento al artículo 54 del Decreto 328 de 2020, iniciativas que ella propuso para la inclusión y las garantías del enfoque étnico en el Distrito Capital

Treinta (30) años del sueño de una nación pluriétnica y multicultural

A pesar de que la Constitución Política de 1991 ha sido el mayor consenso social que se ha alcanzado en la historia política de Colombia, y que reconoció con dieciocho (18) artículos  a Colombia como un país multiétnico y pluricultural, desde una limitada concepción de República unitaria, históricamente se ha desconocido la compleja diversidad, pretendiendo homogeneizar a los pueblos y culturas existentes con la sociedad mayoritaria, ignorando sus profundos vínculos con la tierra y el agua, reduciendo su autonomía y gobernanza territorial, a favor del afán desarrollista del modelo neoliberal.

Bogotá es una de las ciudades de Colombia con un mayor acervo normativo frente al reconocimiento de los derechos de la diversidad étnica, sin embargo, se está lejos de la materialización y por supuesto de la implementación de las mismas. Es el caso del Acuerdo 175 del 28 de septiembre de 2005 “por medio del cual se establecen los lineamientos de la Política Pública para la población afrodescendiente residente en Bogotá y se dictan otras disposiciones”. Del Acuerdo 359 del 5 de enero de 2009 “por el cual se establecen los lineamientos de política pública para los indígenas en Bogotá y se dictan otras disposiciones”. El decreto 151 de 2008 “mediante el cual se adopta los Lineamientos de Política Pública Distrital y el Plan Integral de Acciones Afirmativas, para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos de los Afrodescendientes residentes en Bogotá D. C, para el período 2008 - 2016”. El decreto 543 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.” El decreto 554 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública Distrital para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los Derechos de la Población Raizal en Bogotá y se dictan otras disposiciones” y el Decreto 582 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública Distrital para el grupo étnico Rrom o Gitano en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”. Acuerdos logrados tras años de incansables luchas en los escenarios políticos de concertación y de manifestación pública.

Paz y víctimas de la diversidad étnica en Bogotá

A pesar de la firma del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera firmado en el año 2016, quienes tienen en su cabeza el cumplimiento del mismo, no han desplegado las acciones institucionales pertinentes para garantizar de manera real y efectiva los procesos de reparación y no repetición que se traduzcan en realidades de paz palpables para los pueblos y comunidades étnicas en sus territorios y en contexto de ciudad.

A nivel nacional, la Corte Constitucional estableció desde el Auto 004 de 2009 el estado de cosas que supone para los Pueblos Indígenas el conflicto armado interno, y en la actualidad, la Comisión de la Verdad ha señalado entre otras cosas que de los 115 Pueblos Indígenas reconocidos en nuestro país, 68 se encuentran en grave situación y riesgo de exterminio físico y cultural por el conflicto armado; de estos, 35 pueblos están en mayor riesgo de desaparecer, la mayoría de ellos ubicados en la Orinoquía y la Amazonía colombiana, siendo menos de 500 personas en total.

En el caso de Bogotá, el 58% de la población indígena (11.125 personas), el 50% de la población afrocolombiana (33. 687 personas) y el 20% de la población Rrom son víctimas del conflicto armado según cifras del Registro Único de Víctimas con corte al 30 de junio de la presente vigencia. Estamos hablando de un grupo poblacional de casi 45.000 personas que requieren medidas de reparación como víctimas del conflicto armado, las cuales no sólo se reducen a aquellas de carácter individual, sino también -y especialmente- a las de naturaleza colectiva recogidas en los Decretos 4633, 4634, 4635 de 2011.

No obstante, la administración de Claudia Nayibe López, al igual que su antecesor Enrique Peñalosa, continúa adoptando medidas de manera exclusiva en el marco de la Ley 1448 “por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones”, haciendo énfasis en la oferta institucional y desconociendo las medidas adoptadas en los Decretos ya aludidos, las cuales resultan fundamentales en atención a la cosmovisión y los procesos propios de los pueblos de la diversidad étnica en contexto de ciudad. Una muestra más de un racismo estructural que no atiende la diversidad étnica, que continúa silenciando nuestras voces, impactando de manera directa nuestra identidad cultural, pero además desconociendo que somos sujetos de derechos de especial protección constitucional.

Subregistro y genocidio estadístico de los pueblos étnicos en Bogotá

De acuerdo con el Censo Nacional de Población y Vivienda realizado en el año 2018, la población étnicamente diferenciada en Bogotá corresponde a 86.698 personas, sin embargo, las cifras en comparación con otros años e instituciones revelan el subregistro y la clara discriminación institucional. Por ejemplo, según el mismo CNPV de 2018 la población indígena en Bogotá es de 19.063 personas, pero en el año 2014 se hablaba de 37.622 y en año 2016 de 69.031 habitantes indígenas. En el caso de las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras según el DANE se habla de 66.934 habitantes,pero según información utilizada por la Secretaría Distrital de Planeación los afrodescendientes son aproximadamente 115.000. En la misma situación se encuentran los hermanos Rrom.

Según los reportes del Instituto Nacional de Salud, los pueblos de la diversidad étnica han tenido una afectación importante por el COVID-19, estamos hablando de 9.929 casos en los Pueblos Indígenas; 9.679 casos en la Población Afrocolombiana y para los Rrom o los Raizales y Palenqueros no se puede determinar debido a que la diferenciación sólo se hace sobre los dos anteriores. Esto supondría que tener alrededor de 20.000 personas afectadas por la pandemia dentro de un estado donde ha sido reconocido por la Corte Constitucional el estado de cosas inconstitucional y el riesgo de exterminio físico y cultural debe implicar el desarrollo de unas medidas excepcionales que protejan a la población, sin embargo, eso no se evidencia en la información aportada por las instituciones “garantes” de esta implementación. Por ello, el Pueblo Muisca y el Pueblo Pijao que fueron los más afectados (1773 y 2233, respectivamente) han perdido gran parte de su población.

Arquitectura y adecuación institucional

Desde la Constitución Política de 1991 se han incluido los llamados para adelantar una adecuación institucional que dé respuesta a los compromisos asumidos por la misma. Sin embargo, hay un vacío sobre el direccionamiento político para dar cumplimiento a los diferentes acuerdos y la creación de la política pública con enfoque diferencial para la diversidad étnica en Bogotá.

En gobiernos anteriores se llegó a contar con la Dirección de Asuntos Étnicos, oficina desde la cual se orientaba la atención diferencial de la población étnica en Bogotá, ésta ha sido modificada en su estructura, quedando hoy como la Subdirección de Asuntos Étnicos relegada además, a la Dirección de Derechos Humanos, sin asignación presupuestal propia y una limitada capacidad de gestión y alcance en la toma de decisiones. Una muestra más de lo regresivas que han sido las medidas en temas de implementación.

Por su parte la Secretaría Distrital de Planeación, en cabeza de María Mercedes Jaramillo ha manifestado que no tiene competencia sobre la implementación del artículo 66 del PDD, olvidando que justamente es su entidad una de las llamadas en el marco del parágrafo 1 del artículo 54 del Decreto 328 de 2020; una muestra más de la falta de articulación institucional y del desconocimiento hasta de los altos funcionarios de la Administración de la progresividad de derechos que le asisten a la diversidad étnica.

En Bogotá continúa el estado de cosas inconstitucionales para la población étnicamente diferenciada víctima del conflicto armado, no han servido las reiteradas órdenes de la Corte Constitucional por lo que, ante este desacato, lo que amerita es la verificación de estas situaciones en el marco de la Sentencia T-025 de 2004.

Bogotá hoy no representa una ciudad de derechos y mucho menos de paz para la población étnicamente diferenciada, ante los sistemáticos incumplimientos por parte de las diferentes entidades de la Administración Distrital de las políticas, planes, programas, estrategias, proyectos y acciones, que no ha dimensionado ni aplicado el enfoque diferencial étnico y el enfoque de género, mujer, familia, generación, lo que contribuye a la situación de exterminio físico y cultural de la población étnica.

Un ejemplo de lo anterior es el sector de la educación, que no cuenta con un Sistema de Educación Propio - SEIP en Bogotá, con modelos que incluyan diseños curriculares, contenidos y metodologías con enfoque diferencial. La Secretaría de Educación Distrital hace referencia a la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, pero esta no ha sido propiamente implementada, y qué decir del denominado fondo “Atenea” que tan solo en funcionamiento gasta 3000 millones de pesos y solo alcanza en pueblos indígenas una cobertura de 64 estudiantes, sin contar las precarias cifras de acceso igualmente para las poblaciones afro, negras, raizales, palenquera y rrom, la mayoría de sus miembros, víctimas.

Entre otras anomalías, hay una negación del acceso a la información, la concejala Ati quigua, se ha visto en la necesidad de su ejercicio de control político, de presentar una solicitud de insistencia y una acción de tutela, la cual de acuerdo con el artículo 26 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por la Ley 1755 de 2015 deberá tramitarse ante el Tribunal Administrativo, ante la decisión negativa de su solicitud de expedirse las copias de las actas contentivas de los 783 acuerdos derivados del artículo 66 del Plan de Desarrollo Distrital que promoviera junto a las consultivas de la diversidad étnica en Bogotá y organizaciones nacionales, sobre las garantías para el enfoque étnico, por cuyo cumplimiento tanto la concejala Ati, como las comunidades, los organismos de control y la ciudadanía sensible deberá seguir haciendo control.

Después de transcurridos diez (10) años de las políticas públicas de la diversidad étnica que buscaban la garantía y progresividad de derechos,  en la actualidad se encuentra que se ha reducido el nivel de interlocución de las comunidades y pueblos étnicamente diferenciados con el Gobierno Distrital, reduciéndose a procesos de contratación, tampoco se ha adelantado un proceso de adecuación institucional y la implementación de indicadores que permitan realizar un seguimiento riguroso del cumplimiento de los planes, programas, estrategias, proyectos y acciones derivados de cada uno de los nueve (9) caminos, así como de los Planes de Acciones Afirmativas.

De igual manera se evidencia una desarticulación institucional a partir de la información suministrada, las acciones y el presupuesto se ejecutan de manera aislada por las entidades de los diferentes sectores, no hay interseccionalidad, tampoco hay líneas base o porcentajes de medición del impacto de estas medidas en las comunidades y pueblos étnicos, lo que conlleva a un asimilacionismo y al etnocidio estadístico.

Indudablemente múltiples retos para los cuales la concejala Ati Quigua hace las siguientes propuestas:

1.Fortalecimiento integral de espacios de diálogo con la diversidad étnica en el marco del seguimiento a la implementación de los acuerdos del PDD, así como para la definición de instrumentos de política pública a través del cual se realizará la actualización de la política pública.

2.Crear un Plan de Contingencia Integral para los pueblos étnicamente diferenciados con miras a garantizar los derechos mínimos en el cual se deberá tener claro el rezago en el cumplimiento de los acuerdos y el presupuesto asociado para ello.

3.Desarrollar una estrategia de articulación con la diversidad étnica para la implementación de acciones urgentes para atender la emergencia social y económica derivada de la pandemia.

4.Programar la socialización de los resultados del trazador presupuestal étnico, en el marco del artículo 54 del Decreto 328 de 2020, en los diferentes espacios de participación al menos de manera semestral con el objeto de concertar acciones en caso de no obtener los efectos esperados.

5.Dar un paso consciente hacia la erradicación del etnocidio estadístico, generando un sistema de información que permita visibilizar el censo étnico en el Distrito Capital, la atención institucional brindada a esta población.

6.Garantizar los presupuestos para el cumplimiento de los mandatos legales y constitucionales, al igual que los acuerdos realizados con los grupos étnicos.

Crear una comisión temática con los grupos étnicos para el análisis de la información presupuestal y la ejecución de la misma.

7.Garantía del derecho a la participación y consulta previa de las comunidades de la diversidad étnica en la actualización de las políticas públicas, proceso que deberá atender a los elementos estructurales para la diversidad étnica, un sistema de planeación e información, con un presupuesto claramente definido, además concertado, para lo cual se podrán desarrollar mesas de precisión presupuestal, adecuación institucional, enfoque diferencial y de mujer, género, familia y generación.

8.Es momento de crear una Personería Delegada para Asuntos Étnicos en la ciudad de Bogotá, que vigile la garantía de los derechos humanos de la diversidad étnica.

9.Solicitar a la Contraloría de Bogotá remitir un informe con base en las cifras que debe estar aportando la administración Distrital en cumplimiento del parágrafo 1 del artículo 54 de trazador presupuestal, así como del avance en las políticas públicas de la diversidad étnica.

A 10 años de la expedición del Decreto 504 de 2011 “Por el cual se adopta la Política Pública para los Pueblos Indígenas en Bogotá, D.C.” y tras más de un año de la expedición del Acuerdo No. 761 de 2020 “Por medio del cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI””, nos encontramos frente a una situación, no sólo de estado de cosas inconstitucionales en materia de víctimas étnicas, sino de cifras que evidencian el subregistro y genocidio estadístico de las comunidades en la capital, además de la falta de voluntad institucional para facilitar el acceso a la información de dicha población. Violencias continuas reproducidas desde la conquista, colonia y actual república, lo que hace urgente pasar de la representación a la materialización progresiva de los derechos de las comunidades y pueblos étnicos. ¡Exigimos justicia, paz, reparación y garantías para la no repetición para un verdadero contrato social del cual cada día se incumplen los pactos y concertaciones con los pueblos, comunidades y ciudadanía!

Pueden consultar los debates de control político que ha adelantado la Concejala Ati Quigua, para la diversidad étnica en los siguientes enlaces:

Debate: Implementación de las políticas públicas de la diversidad étnica y el Plan Distrital de Desarrollo: https://www.youtube.com/watch?v=D78wYLvd6ic

Debate: Pueblos Indígenas Víctimas en Bogotá, los pueblos Embera y Wounaan como ejemplo de resistencia y afectación histórica: https://www.youtube.com/watch?v=yHRXgFuZe2Q

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