La fusión de los hospitales de Bogotá

manifestó que la fusión de los hospitales de Bogotá, no puede afectar el servicio que reciben los usuarios porque se trata de un derecho fundamental consagrado en el artículo 49 de la Constitución Política de Colombia;

de igual forma,  no se debe alterar la participación la de ciudadanía por intermedio de los COPACOS, ya que estos son un mecanismo de participación y veeduría ciudadana.

 

Afirma el concejal Arias, que el cabildo distrital hará uso del mecanismo de control político para vigilar el funcionamiento de los hospitales  porque los miembros de  cuerpos colegiados representan al pueblo y deberán actuar consultando la justicia y el bien común. Así las cosas, toda política del Alcalde Mayor sobre el tema de salud y saneamiento básico debe estar orientada a dar mayor cobertura y mejor servicio.

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