13 concejales de 11 bancadas se han propuesto trabajar por la modernización de la participación en Bogotá, por tal razón se buscará actualizar los Acuerdos 12 de 1994, 13 de 2000 y 740 de 2019, a través de foros, mesas de trabajo con la administración distrital y una encuesta donde nos plasmarán sus aportes centenares de ciudadanas y ciudadanos.
El foro realizado el pasado lunes 23 de noviembre hace parte de una estrategia de convocatoria para la comunidad se informe sobre estos acuerdos que se buscan modificar para modernizar la participación ciudadana dentro del enfoque de planeación y gestión territorial.
Lo que se pretende es incentivar la participación de los ciudadanos en las diferentes instancias y procesos de inclusión que se han reglamentado en Bogotá y que son aplicados por la administración en general y en especial el Instituto Distrital para la Participación y Acción Comunal -IDPAC, que a su vez ha acompañado la mesa de trabajo conformada.
Con esta iniciativa se busca recoger insumos y aportes de la ciudadanía para materializar en un proyecto de acuerdo conjunto que consolide y modifique los Proyectos 12 de 1994, 13 de 2000 y 740 de 2019, que actualmente son los que regulan la participación de los ciudadanos en la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control del plan de desarrollo económico y social para las diferentes localidades de la ciudad, la conformación de los Consejos de Planeación Local, los encuentros Ciudadanos, los Presupuestos Participativos y el ejercicio de control a las alcaldías locales.
Algunas consideraciones a tener en cuenta en la modernización del Acuerdo 12 de 1.994:
- En el plan de desarrollo distrital y local, dentro de su Contenido, se debe contemplar indicadores para poder medir porcentualmente el avance de cada objetivo, meta y prioridad, propuesto.
- Por Decreto Ley 1421, el Concejo Distrital sea entendido como una autoridad de planeación Distrital y tener la injerencia de modificar propositivamente el Plan de Desarrollo presentado por el Gobierno Distrital, por lo menos en un 50% para ser aprobado por acuerdo o por decreto.
- Al igual que en los Consejos de Planeación Local –CPL, El Consejo Territorial de Planeación Distrital –CTPD deben estar convocados y conformados por lo menos 6 meses antes de culminar el gobierno Distrital y Local de turno, para garantizar no solo mayor independencia del gobierno, sino también tener unos consejeros más experimentados y con mayor instrumentos (formación y pedagogía, presupuesto, memoria institucional y entre otras) para hacer un análisis y abordaje de los planes de desarrollo.
- Uno de los temas más sensibles, es la escogencia cualitativa y cuantitativa de los consejeros del CTPD, por esa razón es fundamental que sean más y mejores formados cada una y uno de ellos. Se deben garantizar la cuota de género en este cuerpo colegiado (sin contar las representantes de organizaciones de mujeres y feministas), una cuota para jóvenes y espacio fijo para: organizaciones LGBTI, un dignatario de las juntas de acción comunal por localidad, un consejero de cada planeación local, un representante de cada consejo distrital de víctimas, propiedad horizontal, de la bicicleta, entre otros. Por otro lado, hay que estudiar bien si es necesario exigir que las organizaciones sociales deban o no ser jurídicamente constituidas, ya que la mayoría de estas son organizadas por ciudadanos y ciudadanas sin recursos pero sí comprometidas con sus causas y sectores, que además, requieren de ser fortalecidas por el Estado. Su elección no debe ser exclusivamente del/la alcalde/sa mayor, sino también del/ Sec. De Gobierno, del/la Sec. De Planeación y/o del/la Dir. Del IDPAC.
- Dentro de las funciones del CTPD debe estar convocar, ser garante y veedora de la participación ciudadana dentro de la discusión y construcción democrática del plan de desarrollo y de ordenamiento territorial. En esa misma medida, ser partícipes en la construcción y formulación de los diagnósticos locales y sectoriales para la socialización del Plan de desarrollo y de ordenamiento territorial.
- Se deben pensar en estímulos económicos, administrativos y logísticos para los consejeros del CTPD, para el desarrollo de sus sesiones y estudios.
- Respecto al tiempo de estudio y análisis del Plan de Desarrollo (y de Ordenamiento territorial) por parte del CTPD, estos deberían contar con mínimo 45 días calendario. Se deberían crear mesas de trabajo donde ediles y concejales puedan participar en su discusión.
- En concordancia con el voto programático, el CTPD debe certificar que el Plan de desarrollo es coherente con el plan de gobierno radicado pro el/la alcalde/sa cuando era candidato/a.
- Es necesario que dentro de la evaluación de la ejecución del Plan de Desarrollo, tanto el Concejo Distrital como el CTPD puedan hacer seguimiento del mismo, dentro del marco del control político y social.
- Es clave revisar a profundidad la jurisprudencia sobre el alcance del control político por parte del Congreso (Cámara de Representantes y Senado) en lo concerniente de la ciudad-región y los temas de interés nacional.
La Mesa de Trabajo está conformada por los concejales: Andrés Onzaga, María Fernanda Rojas y Julián Espinosa del Partido Alianza Verde, Ati Quigua del Partido Mais, Celio Nieves del Polo Democrático, Emel Rojas de Colombia Justa Libres, Fabián Puentes de Mira, Gloria Elsy Díaz del Partido Conservador, Heidy Sánchez de Coalición Colombia Humana – UP, Humberto Amín del Centro Democrático, Juan Javier Baena de Bogotá para la Gente, Rolando González de Cambio Radical y Samir Abisambra del Partido Liberal.
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