Para el cabildante de Opción Ciudadana, el Decreto 1851 / 2015 del Ministerio de Educación no es aplicable a los centros que atienden este tipo de población, tal como respondió la Entidad en la Circular 66 / 2015. No obstante, la Secretaría de Educación solo incluye 14 de los 32 establecimientos en el Banco de Oferentes.
En este sentido, Ramírez, cuestiona a la Secretaría: ¿De qué manera se realizará la contratación con los colegios excluidos y cómo se les va a garantizar la educación a la población con necesidades educativas especiales que es muy vulnerable?
Finalmente, el Concejal de la Familia, considera que estos establecimientos educativos tienen un Proyecto Educativo y currículo adecuado para una población minoritaria, según lo dispuesto por la Ley 1618 / 2013, siendo injusto que la Secretaría de Educación los excluya del proceso de renovación de dichos convenios.
MARCO FIDEL RAMIREZ.
Concejal de Bogotá
ÓSCAR AMARIS MONTERO
Jefe de Prensa
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