En un auto emitido hace pocas horas, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca manifestó que el Ministerio de Ambiente debe cumplir con la orden de elaborar un convenio interinstitucional con una entidad pública o una universidad, preferiblemente la Nacional, Los Andes o la Libre, para realizar un estudio técnico sobre el impacto de cualquier proyecto urbanístico en la franja AP2, conectora de la Reserva van der Hammen, y que forma parte del diseño inicial del proyecto Lagos de Torca.
Cabe recordar que el 9 de julio el Tribunal confirmó las medidas cautelares otorgadas por el Juez Cuarto Administrativo en diciembre de 2019, que incluían la elaboración de dicho estudio. Pero en este auto del 9 de julio, el Tribunal estableció dos condiciones adicionales, que dicho estudio debería hacerse a través de un convenio con un tercero ajeno al proceso y que debía darse prioridad a una entidad pública o a una de las universidades señaladas, en aras de garantizar la objetividad, imparcialidad y transparencia.
Es decir, la Corporación consideró que el informe técnico allegado por el Ministerio de Ambiente el 16 de julio no cumple con lo ordenado en el auto del 9 de julio y que esta entidad debe ceñirse a lo establecido en él.
Celebro la decisión del Tribunal, que permite la garantía de que el estudio de impacto ambiental que presente el Ministerio de Ambiente sea realizado de manera imparcial y objetiva y en las condiciones técnicas necesarias para determinar la afectación de esta importante franja que conecta dos áreas de la Reserva van der Hammen y que, a su vez, permite la conectividad entre el río Bogotá y los cerros orientales.
Es importante recordar que el Ministerio de Ambiente había tomado partido en el proceso en contra de sus propias resoluciones, 475 y 621 de 2000, que establecían los lineamientos ambientales para la protección de esta franja. Por eso, cobra mayor relevancia la decisión del Tribunal en aras de garantizar la imparcialidad de cualquier estudio que presente el Ministerio.