El censo de población y vivienda realizado en el año 2018 por el DANE[2], indica que el 9.1% del total de la población del país corresponde a adultos mayores de 65 años, cifra que aumentó en comparación con el censo del año 2005, en el cual este grupo etario correspondía al 6,3%.
En este contexto, la OMS[3] señala que el maltrato hacia los adultos mayores es uno de los problemas de salud pública más importantes en las agendas gubernamentales, el cual puede infligirse de varias formas: maltrato físico, psicológico o afectivo, sexual, económico, y desatención o abandono; suele ser cometido una o varias veces por personas con quienes se tiene una relación de confianza como familiares o trabajadores sanitarios. Un estudio de 2017 llevado a cabo en 28 países de diversas regiones incluidos 12 países de ingresos bajos y medianos, reveló que durante el último año el 15.7% de las personas de 60 años o más fueron víctimas de algún tipo de maltrato. Si bien es probable que la tasa de prevalencia sea mayor, teniendo en cuenta que no todos los casos se denuncian y va a tender a aumentar en la medida en que se incrementará la cantidad de personas mayores en los próximos años.
En la ciudad de Bogotá, la Secretaría Distrital de Integración Social (SDIS) reportó que durante el 2018 se registraron 1.944 casos de maltrato de adulto mayor. Esa entidad cuenta actualmente con el proyecto “Envejecimiento Digno, Activo y Feliz”, que busca disminuir prácticas y percepciones negativas en torno a la vejez contribuyendo a la transformación de imaginarios a través de cuatro (4) servicios sociales: apoyos económicos, Centro Día, Centro de Protección Social y Centro Noche. En la vigencia 2018, dicho proyecto atendió un total de 94.430 adultos mayores, que en su mayoría fueron mujeres.[4]
Teniendo en cuenta que la población actual de adultos mayores en Bogotá asciende aproximadamente a 1’097.995[5] estos servicios son insuficientes y por tanto se debe continuar avanzando en la construcción y afianzamiento de programas, proyectos y políticas para proteger a las personas de la tercera edad.
A nivel normativo un importante avance fue la Ley 1850 de 2017 del Congreso de Colombia, la cual decreta que quien maltrate física o psicológicamente a cualquier miembro del núcleo familiar incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años y la pena puede aumentar si la conducta recae sobre una persona mayor de sesenta (60) años o que se encuentre en estado de indefensión. De igual forma, incurrirá en prisión y tendrá multas de hasta 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLV) quien someta a condición de abandono y descuido a una persona mayor o genere afectación en sus necesidades de higiene, vestuario, alimentación y salud. A estas penas serán sometidos no solo familiares de las personas mayores sino quien, no siendo miembro del núcleo familiar, se encuentre encargado del cuidado. Si el abandono se da por parte de la institución responsable del cuidado del adulto mayor, esto será causal de cancelación de permisos o conceptos favorables de funcionamiento y multa de 20 SMLV[6].
Resulta importante entonces sensibilizar a los ciudadanos acerca del maltrato hacia este sector de la población y las consecuencias legales de ejercer maltrato físico, psicológico y/o abandono a través de acciones lúdicas y pedagógicas que promueva el Distrito, con el fin de que disminuyan las cifras de maltrato hacia este grupo etario, se tome conciencia sobre la problemática y se denuncien estos casos.
[6] Ley 1850 de 2017. Congreso de Colombia. Recuperado de https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/INEC/IGUB/ley-1850-de-2017.pdf