Venta de alimentos en espacio público

Derechos, deberes y obligaciones de los vendedores informales

Con ocasión del debate sobre la proposición N°269 “Malos olores y Comercio de Alimentos en Espacio Público en Bogotá”, la concejal María Victoria Vargas Silva, se refirió a la venta de alimentos por parte de los vendedores informales, sus derechos según la Sentencia T-722 de  2003, así mismo sobre las obligaciones para la manipulación y control fitosanitario  de los de productos alimenticios,  a cargo de las entidades distritales.

De acuerdo con los análisis realizados formuló los siguientes interrogantes:

  • ¿Qué operativos y con qué periodicidad las Secretaría de Salud, la Secretaría de Gobierno y las alcaldías locales efectúan control sobre la calidad de los alimentos y sobre la ocupación del espacio público en la ciudad?
  • ¿Qué alternativas reales y concretas ofrece la administración distrital a las personas desalojados de los espacios públicos para que no reincidan en la ocupación de estos lugares?
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