Sistema distrital para la gestión de peticiones ciudadanas. Es un sistema de información diseñado e implementado por la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., como instrumento tecnológico gerencial para registrar las peticiones que tengan origen ciudadano y permita llevar a cabo el seguimiento a las mismas; dichas peticiones, deberán ser resueltas por las entidades en el marco de la ley 1755 de 2015, un aspecto importante es que todas las entidades deberán adoptar como único sistema de peticiones ciudadanas, el sistema distrital para la gestión de peticiones ciudadanas y registrarlas de conformidad con los lineamientos dados por la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
También La Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, deberá adelantar las acciones necesarias, para coordinar la estandarización y homogenización de la prestación de servicios, para lograr los más altos niveles de calidad en todas las entidades del Distrito, mediante la adopción de manuales de servicio.
El cabildante del partido liberal Jorge Durán, está de acuerdo con esta iniciativa ya que considera que a los ciudadanos se les debe tratar con respeto y promover acciones de atención de calidad, de esta manera garantizar los derechos de la gente evitando tratos injustos y agresiones hacia la población.
Sin embrago hoy en plenaria realizo una intervención para retirar el artículo 5 de este proyecto de acuerdo que pretendía hacer un reconocimiento público a las entidades que se destaquen, por generar e innovar en prácticas eficientes orientadas a fortalecer la atención respetuosa, digna y humana de la ciudadanía, manifiesta su desacuerdo con este articulo porque es un deber de las entidades realizar bien su trabajo, no es recomendable dar reconociendo a la mejor y segregar organizaciones como buenas o malas; Porque el deber ser y por función es que todos los funcionarios cumplan sus deberes laborales a cabalidad de la mejor manera posible, recalcando que el mayor reconocimiento es tener un papel como servidor público.