Hoy en el debate de control político sobre el incumplimiento en la gestión contractual de la Estación Elevadora de Aguas Residuales Canoas, el concejal Armando Gutiérrez González en su intervención hizo referencia al origen de la Estación Elevadora la cual surgió de la Sentencia 2001-00479 del 28 de marzo de 2014, proferida en el marco de una Acción Popular, con 143 órdenes a entidades territoriales, autoridades ambientales y el Gobierno Nacional.
El Consejo de Estado en esa providencia de segunda instancia organizó la recuperación del río en tres componentes:
- Calidad del agua
Se enfoca en reducir la contaminación del río mediante el tratamiento de aguas residuales, el control de vertimientos industriales y domésticos, y la mejora de los sistemas de saneamiento básico. - Cantidad del agua (gestión del recurso hídrico)
Busca garantizar un uso adecuado del agua, regulando su captación, promoviendo el ahorro y asegurando caudales suficientes para la sostenibilidad del ecosistema. - Ordenamiento ambiental del territorio
Incluye la planificación del uso del suelo en la cuenca, la protección de rondas hídricas, la recuperación de ecosistemas estratégicos y el control de actividades que afectan el río.
Estos tres componentes funcionan de manera integrada para lograr la recuperación y conservación del río Bogotá a largo plazo.
Este proyecto corresponde a una contratación que se perfeccionó en el año 2018 y han pasado aproximadamente 7 años sin que se culmine la obra, se ponga en marcha y se realice su operación, tal como lo establece el contrato de obra “Revisión, confrontación, complementación, y apropiación de estudios y diseños, así como la construcción de la estación elevadora de aguas residuales de Canoas y sus obras complementarias, incluyendo su puesta en marcha y operación asistida”, cuyo plazo inicial fue de 44 meses y por un valor de $351.957.844.748.
En dicho se contrató contempla tres fases:
- REVISIÓN, CONFRONTACIÓN, COMPLEMENTACIÓN Y APROPIACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS:
- CONSTRUCCIÓN Y PUESTA EN MARCHA
- OPERACIÓN ASISTIDA DE LA EEAR CANOAS
El contrato: presupuesto, ejecución y crecimiento descontrolado
El Contrato de Obra inició el 26 de marzo de 2019 con un plazo original de 44 meses y un presupuesto de $351.957.844.748, los datos financieros son:
-Presupuesto aprobado inicialmente: $351.957.844.748 (EAAB-ESP, 2025, p. 4).
-Valor ejecutado con corte a 30 de abril de 2025: $325.978.485.703, dejando $25.979.359.045 pendientes de ejecutar con solo un mes para el vencimiento contractual (EAAB-ESP, 2025, p. 4).
-Valor total del contrato tras la Modificación No. 3 del 2 de noviembre de 2023: $372.237.905.076, es decir $20.280.060.328 por encima del presupuesto inicial (EAAB-ESP, 2025, p. 12).
-Anticipo desembolsado el 11 de marzo de 2021: $66.885.180.629 a través de Fiduciaria Bogotá (CB1927.1.1.11 Ayuda de Memoria, 2025, p. 1).
-Interventoría (Contrato No. 1-01-25500-005-2019, Ayesa Ingeniería y Arquitectura SAU): $35.732.223.375 en total (EAAB-ESP, 2025, p. 13).
-Total, invertido en obra e interventoría: más de $407.970 millones de pesos del erario público.
Controversias ante el Amigable Componedor
El Consorcio EE Canoas realizó cuatro convocatorias al mecanismo de Amigable Composición, mientras la EAAB-ESP lo hizo solo en una quinta ocasión. Cuatro controversias iniciadas por el contratista contra la entidad que lo contrató. Veamos el expediente completo:
Caso 137393 (4 nov. 2022): Controversia sobre especificaciones de los motores (IP24 y IP55). La EAAB había redactado un documento con contradicción interna. El Panel aplicó el principio de interpretación contra el predisponente y condenó a la EAAB a pagar $6.394.344.541,16 al Consorcio (EAAB-ESP, 2025, p. 14). La EAAB realizó "una interpretación equivocada del contrato y de sus adicionales" según el propio Panel.
Caso 138088 (2023): El contrato a fecha cuenta con una adición de recursos correspondientes a los costos de la Línea 115KW, producto del amigable componedor que el acueducto perdió y por lo cual tuvo la obligación de compensar esos costos tanto de diseño como de suministro y obra al contratista, así mismo el mayor tiempo. Los mayores recursos que demandó el contrato por esta mala planeación del acueducto obedecieron a una suma por valor de 20.280.060.328, para un total del contrato en la actualidad $372.237.905.076 y prorrogó el contrato 756 días calendario.
Caso 139190 (decisión 17 jun. 2023): La EAAB exigió "equidistribución de caudales" en los canales de cribado, objetó los diseños del Consorcio y propuso alternativas que resultaron inviables. Luego, en noviembre de 2020, aprobó exactamente los mismos diseños que había rechazado en marzo y abril del mismo año (EAAB-ESP, 2025, p. 10). Una incoherencia institucional que generó controversia, costos y tiempo perdido.
Caso 144343 (2023): Controversia sobre si la EAAB incurrió en mora al pagar lo ordenado en decisiones previas del Panel, con posible causación de intereses de mora a cargo de la Empresa (EAAB-ESP, 2025, p. 10). Este pasivo potencial no ha sido cuantificado.
Caso 153875 (convocado por la EAAB): La empresa motivada por la negativa del Consorcio de amigables componedores, en el manifestó que el Consorcio llevaba más de seis meses negándose sistemáticamente a trabajar en las conexiones eléctricas, documentado en múltiples comunicaciones escritas, antes de que el Panel lograra que el contratista se allanara a cumplir (EAAB-ESP, 2025, p. 8).
Las inundaciones y el daño físico a los equipos: una emergencia ignorada
Desde diciembre de 2024, los pozos de bombeo y cribado de la EEARC han sufrido inundaciones recurrentes por ingreso de aguas a través del Interceptor Tunjuelo-Canoas (ITC). La más grave ocurrió el 8 de mayo de 2025, cuando el nivel del agua superó registros anteriores y provocó un cortocircuito que dejó inoperativo el sistema de extracción. El Consorcio advirtió además riesgos graves para la salud de los trabajadores.
Según el Consorcio, estas inundaciones estarían asociadas al Contrato No. 1-01-25500-1508-2024 con OINCO S.A.S.; sin embargo, la EAAB no ha confirmado esta responsabilidad.
Los equipos afectados fueron financiados con recursos del Convenio 688-2011, que involucra fondos nacionales y compromisos con terceros como EMGESA (hoy Enel Codensa). A la fecha, no hay claridad sobre quién asumirá los costos de reparación.
La reiteración de estos eventos sin medidas correctivas eficaces genera serias dudas sobre la gestión del riesgo, la supervisión contractual y la asignación de responsabilidades.
El concejal manifestó en el debate su preocupación frente a que la Empresa de Acueducto otorgará una prórroga de cuatro meses y medio, con el fin de que la aseguradora KSB determine los posibles daños en las bombas y establezca quiénes son los responsables de los mismos.
Esta situación genera especial inquietud, dado que, a pesar de evidenciarse avances significativos en el proceso de saneamiento del río Bogotá, han transcurrido más de cuatro años sin que se cuente con una fecha cierta para la entrada en operación de la Estación Elevadora de Aguas Residuales Canoas (EEARC), la cual hace parte del conjunto de obras destinadas a la descontaminación del río Bogotá.
Lo anterior genera incertidumbre respecto al cumplimiento de los objetivos del proyecto y podría implicar la continuidad en la ejecución e inversión de recursos públicos sin la materialización oportuna de los beneficios esperados. En este contexto, se hace necesario fortalecer los mecanismos de planeación, seguimiento y control contractual, con el fin de proteger el interés general y garantizar la adecuada gestión del erario público.
Contacto de prensa:
3166868083






