La cuenca del Río Bogotá abarca 589.143 hectáreas, es decir el territorio de 47 municipios, las descargas sanitarias de 12 millones de personas, al mismo tiempo que sus actividades agropecuarias e industriales aportan el 32 % del PIB nacional. Por esta razón, el rio es la principal determinante ambiental del Distrito Capital, en la cual se resuelve la viabilidad futura de la ciudad.
No obstante, el Río Bogotá es un cuerpo de agua muerto. De los 380 kilómetros de longitud del Rio Bogotá, 90 de ellos pertenecen a los municipios de Funza, Mosquera, Soacha, Sibaté y Granada, más el Distrito Capital. En esta Cuenca Media el río Bogotá pasa de 4 a 8 en su nivel de contaminación. Nivel que siendo el máximo en su recorrido, se mantiene a lo largo de toda la cuenca media y marcará el recorrido del rio hasta su desembocadura en el Magdalena, a la altura del Municipio de Girardot.
El deterioro ambiental del rio proviene de 442 toneladas diarias de desechos, 5.2 toneladas de detergente y 1.473 toneladas de sólidos (35 tracto mulas diarias de residuos), que lo convierten en uno de los cuerpos de agua más contaminados del mundo. Como todas las problemáticas de contaminación ambiental, la del Rio Bogotá tienen un origen socioeconómico y político, al cual las soluciones técnicas de manejo de aguas residuales deben ser complementarias, y no a la inversa. Manejo de aguas residuales que en el río Bogotá apenas alcanza el 35 % de tratamiento.
Se hace necesario, por tanto, reestructurar los planes de descontaminación del río Bogotá, cuyas inversiones, las más grandes del país y del continente, están centradas en las Plantas de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR). Soluciones que, dada la situación actual de un río bien podrían aportar a su descontaminación, pero no a su saneamiento, correspondiente al control de las fuentes de la contaminación.
En ese sentido, la Concejal Ati Quigua propone una dimensión socioecosistémica a la solución, con dos componentes: en primero lugar, la generación de una cultura del agua construida desde los micro-territorios, que constituya la base de un modelo de gobernanza del Río Bogotá. Y, en segundo lugar, la definición de un modelo de financiación diferencial, donde no sea toda la ciudadanía la que termine pagando un problema generado por las industrias sin control, con el apoyo de las autoridades ambientales.
Como una acción estructurante de estas medidas desde lo social y lo simbólico, la Concejala Ati Quigua propone la declaratoria del Río Bogotá como sujeto de derecho, en la perspectiva de los nueve (9) ríos colombianos que hoy gozan de esa condición.
En esa perspectiva, en el debate de Control Político a la situación del Río Bogotá realizado el día 13 de septiembre de 2021, la Concejala dejó planteados a la administración los siguientes cuestionamientos:
- • ¿Cuál es el modelo de contratación que soporta el funcionamiento de las PTAR?
- • ¿Cuáles son las fuentes de financiación de las PTAR? ¿Qué costo implica para la ciudadanía?
- • ¿Cuáles son los costos asociados al diseño, construcción y funcionamiento de las PTAR? ¿Cuáles son los índices de evaluación de la eficacia en su funcionamiento?
- • ¿Cuáles son los índices y resultados del seguimiento de los procesos de descontaminación del río con base en el funcionamiento de la PTAR?
- • ¿Qué estudios de impacto ambiental se han llevado a cabo a propósito de la venta de agua en bloque y cuáles han sido sus hallazgos?
- • ¿Cuál es la estrategia y los programas que la Secretaría de Ambiente está implementando para resolver el problema de fondo de la contaminación de los cuerpos de agua en la ciudad? ¿Cuál es la inversión ejecutada y proyectada?, ¿Cuáles han sido sus resultados?
- • ¿Cuánto son los recursos que transfiere Bogotá a la CAR?
Al mismo tiempo, la Concejala Ati Quigua traslada a la administración la siguiente petición de las comunidades del Río Tunjuelo:
La comunidad manifiesta su preocupación frente al Plan Parcial Reverdecer Tunjuelo que viene con este Plan de Ordenamiento Territorial – POT, al igual que la expedición de la Resolución 2304 de 2019 de la Secretaría Distrital de Ambiente “Aprueba la modificación del curso del Río Tunjuelo, delimita su corredor ecológico de ronda y toma otras determinaciones sobre el mismo”, la Resolución 1183 de 2019 de la Secretaría Distrital de Ambiente “Que Resuelve la Revocatoria Directa de la Resolución 1069 de 2019, Por medio de la cual se delimitación de las líneas de Cauce, Ronda Hidráulica -RH y la Zona de Manejo y Preservación Ambiental ZMPA del Corredor Ecológico de Ronda del Río Tunjuelo para su incorporación bajo la categoría de Corredor Ecológico de Ronda – CER, a la Estructura Ecológica Principal EEP del Distrito Capital, y se toman otras determinaciones”.
La comunidad asegura que estas modificaciones se hacen para vaciar zonas para construcción y no para manejar inundación, por el contrario de eliminará el Humedal Cantillo, el cual se hizo con dineros de las empresas con responsabilidad empresarial que ahora se eliminaría para liberar 430 hectáreas de las cuales el 70% en obras de construcción. Esto no está teniendo en cuenta el pasivo ambiental del Sur de Bogotá, ni los mapas de riesgos de inundación y sísmicos porque hay allí dos fallas geológicas, documentos que están registrados en estudios.
E ese marco, la Concejala Ati Quigua solicita el envío de copia de la mencionada Resolución 1069 de 2019, cuyo texto no se encuentra en la red. Así mismo, solicita remitir todos los mapas de soporte, al igual que los soportes técnicos y cartografías de riesgos desde el año 2013 a la fecha.
Página web: https://atiquigua.co/