La inclusión es el camino hacia una verdadera participación juvenil

De acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 4369 del 2021, expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil, el próximo 28 de noviembre se realizarán las primeras elecciones de los Consejos Municipales y Locales de Juventud. Estos  comicios, por primera vez en la historia de Colombia, solo incluirán a jóvenes entre los 14 y 28 años, abriendo el camino hacia un verdadero espacio institucional juvenil dentro de la agenda pública del país.

Luego de 8 años de la expedición del Estatuto de Ciudadanía Juvenil, modificado por la Ley Estatutaria 1885 de 2018, este año se lleva a la práctica la interlocución y concertación de los jóvenes con la administración, las entidades públicas de orden nacional y territorial y las organizaciones privadas en los temas relacionados con la juventud.

Sin duda, este será el primer paso para comenzar a cerrar las profundas brechas a las que se enfrentan actualmente los jóvenes, con porcentajes de desempleo superiores al promedio nacional, falta de acceso a la educación y una problemática social relacionada con pobreza, consumo de drogas, delincuencia y familias ausentes.

Cabe destacar que esta nueva apuesta para la juventud comprende la participación de organizaciones juveniles de campesinos, comunidades de indígenas, afrocolombianos, negros, palanqueros, rom, raizales de San Andrés y Providencia o en general de comunidades étnicas y población joven víctima, tal y como lo establece el artículo 5° y el parágrafo 1 del artículo 7°de la precitada Ley 1885 de 2018, al hacer énfasis en el enfoque diferencial y la cuota de género.

Sin embargo, a pesar de que se contemplaron comunidades que durante la historia de Colombia han sido olvidadas, dentro de la integración de estos Consejos Juveniles no se evidencia la obligatoriedad de incluir de manera específica a la población juvenil en condición de discapacidad.

Frente a este aspecto es preciso señalar que, de acuerdo con cifras del Ministerio de Salud con corte a diciembre de 2020, dentro de la población registrada con discapacidad, el 15% son jóvenes entre 15 y 27 años y el 8% son niños y adolescentes entre 0 y 14 años, siendo las enfermedades más frecuentes, los trastornos mentales y de comportamiento, las enfermedades del sistema nervioso; las enfermedades del sistema digestivo y las malformaciones congénitas.

En consecuencia y dada la importancia de la participación de los jóvenes con discapacidad en los temas que los afectan directamente, es fundamental que durante las diferentes etapas preclusivas, actividades a desarrollar por cuenta de estas elecciones, así como las compañas promocionales en todo el territorio del país, se haga un llamado para que los adolescentes y jóvenes con discapacidad también se inscriban para participar en las elecciones de los Consejeros Municipales y Locales de Juventud. Ahora queda la tarea de modificar la Ley 1885 de 2018, para que de manera explícita las personas jóvenes con discapacidad tengan cabida en esta nueva transformación de la democracia participativa.

 Pie de página Yefer Vega

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