Ponencia positiva a proyecto de acuerdo para beneficiar a jóvenes con capacidades excepcionales

El Presidente del Concejo de Bogotá, Samir Abisambra, rindió ponencia positiva al Proyecto de Acuerdo 288 de 2022 que tiene por objeto establecer los lineamientos generales para la formulación de la política pública para niños, niñas, adolescentes y jóvenes con capacidades y talentos excepcionales

El Proyecto de Acuerdo de autoría del Concejal Jorge Luis Colmenares, busca materializar el derecho fundamental a la educación y el abordaje diferencial e inclusivo que permita su reconocimiento, acompañamiento y potenciación que contribuyan al máximo desarrollo de los estudiantes que las posean.

Para un mejor entendimiento de esta iniciativa, es necesario definir el concepto de Capacidad Excepcional que según el Ministerio de Educación Nacional son niñas, niños, jóvenes, adolescentes o adultos con un potencial o desempeño global superior al de sus pares etarios. Estos estudiantes por lo general tienen altas capacidades para aprender y tienen habilidades e intereses en varias áreas.

Y talento excepcional: son niñas, niños, jóvenes, adolescentes o adultos con un potencial o desempeño superior respecto a sus pares etarios en un campo disciplinar, cultural o social específico.

En cuanto a la conveniencia de este Proyecto, de acuerdo con el documento “La Educación de Niños con Talento en Iberoamérica” de la UNESCO, el autor presenta las experiencias internacionales de Chile, España, México, así como en Estados Unidos donde se abordan programas destinados a estudiantes con capacidades y talentos excepcionales y que permiten encontrar similitudes, diferencias y oportunidades replicables para el fortalecimiento de la atención educativa para esta población. 

Por ejemplo, en Santiago de Chile se implementó a partir del 2001 el Programa para Niños con Talentos Académicos, mediante el cual se identifica a niños y jóvenes que posean talentos académicos sobresalientes, para ofrecerles un conjunto de servicios educacionales de excelencia que sean complementarios a las experiencias de aprendizaje que les brinda el sistema escolar regular.

En España desde 1990 se ha implementado el Programa de Enriquecimiento de Superdotados, el cual lleva a cabo adaptaciones curriculares basadas en el enriquecimiento académico con el apoyo de asociaciones privadas.

Y en 13 Estados de México existe el Programa de Capacidades y Aptitudes Sobresalientes, caracterizada por sus diversos métodos de identificación de estudiantes con capacidades y talentos excepcionales.

“Entre esas disposiciones quiero destacar la creación de la línea especial estratégica de financiamiento público y/o privado, para promover el acceso, articulación y la permanencia de niños, niñas y adolescentes en educación post-media y superior para estudiantes con capacidades y/o con talentos excepcionales por medio de la Agencia Atenea y revisando la base de datos del Ministerio de Educación, en 2020 Bogotá cuenta con el mayor reporte de capacidades o talentos excepcionales con 1.333 estudiantes, de manera que este sería el alcance poblacional de este Proyecto de Acuerdo.”, manifestó el Cabildante.

Con relación al articulado, Abisambra realizó dos observaciones, en primer lugar, a lo largo se observó la asignación de funciones y obligaciones a distintas entidades distritales en donde el Concejo estaría desbordando sus competencias, puesto que se invade las facultades legales que el alcalde posee para gestionar asuntos a su cargo conforme al numeral 9 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, así como al reparto de competencias conforme al artículo 63 de dicho Decreto.

Y, en segundo lugar, frente a la creación del Fondo Distrital para la Formación y Educación del Talento Excepcional, es importante aclarar mediante esta ponencia que la competencia del Concejo de Bogotá para su creación se fundamenta en el numeral 4° del artículo 12 del Decreto Ley 1421. Sin embargo, el inciso final del artículo 13 manifiesta que el ejercicio de dicha competencia está supeditado a que el tema provenga de la iniciativa del Alcalde. Por tal razón, sugirió la supresión del articulado.

En consecuencia, resaltando que toda persona tiene derecho a recibir una educación que desarrolle al máximo sus capacidades y le permita construir su proyecto de vida, el Presidente del Concejo de Bogotá, rindió ponencia positiva al Proyecto de Acuerdo 288 de 2022. 

 

 Pie de página Samir Abisambra

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