La concejala Ati Quiqua denuncia incumplimientos a los acuerdos concertados con las comunidades étnicamente diferenciadas luego de 10 años de la formulación de las Políticas Públicas Étnicas en Bogotá

La vocera del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS, en Debate de Control Político sobre la “Reformulación de políticas públicas de la diversidad étnica en Bogotá y consulta previa, libre e informada en la Capital”, llevado a cabo el 23 de septiembre de 2022 en el Concejo de Bogotá, denunció las graves afectaciones que viven los pueblos indígenas en contexto de ciudad, así como la falta de cumplimiento de la Administración en cuanto a los acuerdos consignados en las Políticas Públicas Étnicas, de las cuales se benefician todas las comunidades étnicamente diferenciadas que habitan el Distrito.

En Bogotá habitan 19.063 indígenas, 1.060 raizales, 218 palenqueros, 603 rrom, 65.656 afrodescendientes (Censo Nacional de Vivienda, DANE, 2018), para ellos, las políticas públicas buscan garantizar, proteger y restituir los derechos individuales y colectivos de las comunidades, mediante una serie de acciones y adecuaciones institucionales bajo el principio del Buen Vivir. Lastimosamente para la “Bogotá Cuidadora” esta población no constituye una parte importante de la ciudad y no ha sido relevante contar con ellas  para reformular las Políticas Públicas Étnicas.

Recordemos que, entre el 2008 al 2011 se crearon los lineamientos de las Políticas Públicas Negros, Afro, Raizales y Palenqueros – NARP, Indígenas y Rrom en la ciudad, en conjunto con toda la población perteneciente a esta comunidad. Entre 2011 y 2014, se crean las diferentes instancias de dialogo y concertación que surgen para impulsar un dialogo en cumplimiento de los mandatos constitucionales. Entre 2015 y 2019 se expiden los decretos para impulsar la Planes Integrales de Acciones Afirmativas para los grupos étnicos. Con estos antecedentes es claro que la Administración ya debería tener instrumentos de medición y cumplimiento efectivo de las políticas públicas, además enmarcados en el Artículo 66 del Plan de Desarrollo Distrital – PDD, Artículo que fue impulsado por Ati Quigua.

El Artículo 66 del actual PDD es también fruto de la organización y la resistencia de los pueblos. Ante la imposibilidad de incluir un capítulo étnico, la generosidad de los pueblos étnicos abrió la puerta para incluir este artículo, acción que fue concertada con la actual administración. El ejercicio de progresividad del reconocimiento de derechos ha sido fruto de la permanencia de los pueblos en sus kilombos, tulpas, chagras, cabildos y la calle como medios para existir y resistir a las adversidades.

Personas de una comunidad alrededor de un fogata

El Acuerdo Distrital 761 de 2020 - “Por medio del cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del distrito capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI” incluyó dentro de las propuestas a la ciudadanía un componente denominado “poblacional diferencial” donde concentraba los esfuerzos institucionales a realizar para diferentes grupos poblacionales presentes en el distrito. Allí reposan “nueve metas específicas para mejorar la calidad de vida de la población negra, afrodescendiente, palenquera, raizal,  indígena y Rrom ”, sin embargo, se ha quedado en el papel porque el cumplimiento de la administración es notorio y el retroceso en la garantía de derechos abunda entre esta población.

La experiencia de las políticas públicas son y deberán ser el punto de inicio de un proceso para su reformulación . No puede haber un ejercicio de regresividad temática ni en términos de garantía de derechos. La reformulación debe avanzar en usar los aprendizajes de la última década de implementación de las políticas públicas materializando los mandatos consignados en el acuerdo 359 de 2009 y los decretos 151 de 2008, 543 de 2011 y 582 de 2011 y demás instrumentos en el distrito de garantía de derechos para la población étnicamente diferenciada.

Al ser un proceso de reformulación, la línea base debe partir de los datos recabados hasta el momento durante la aplicación de los últimos 10 años de implementación de dicho instrumento, lo que permite sistematizar los aprendizajes, experiencias positivas y reflexionar sobre las debilidades necesarias a corregir.

No obstante, manifiestan las entidades que no existe una línea base que sirva como insumo de trabajo para evaluar el impacto que hasta el momento han tenido las políticas públicas en la ciudad, que en algunos casos llevan más de 10 años implementándose. En las Comisiones Técnicas de la Subcomisión de Vigilancia y Control, la cual coordinó la Concejala Ati Quigua, información que corrobora la Personería Distrital, hubo manifestaciones expresas por parte de la Secretaría Distrital de Gobierno de manera reiterada de la inexistencia de esta línea base.

 fotografía en la que aparece la concejal Ati hablando desde el atril del Recinto los Comuneros del Concejo de Bogota

Iniciar un proceso de reformulación sin contar con la información base es ir aciegas a un proceso donde se pone en duda que ha hecho la Administración durante el último decenio. ¿En que se invirtieron los recursos? ¿Cuáles fueron los impactos de estas políticas públicas? ¿Cuáles fueron los aprendizajes logrados? ¿Cuáles los errores a corregir? Son algunas de las preguntas que surgen.

La Corte Constitucional ha explicado que, entre otros, “existe afectación directa a las minorías étnicas cuando: (i) se perturban las estructuras sociales, espirituales, culturales, en salud y ocupacionales; (ii) existe un impacto sobre las fuentes de sustento ubicadas dentro del territorio de la minoría étnica; (iii) se imposibilita realizar los oficios de los que se deriva el sustento y (iv) se produce un reasentamiento de la comunidad en otro lugar distinto a su territorio. Igualmente, según la jurisprudencia, la consulta previa también procede (…)”Es decir, las poblaciones étnicamente diferenciadas tienen el derecho adquirido de la Consulta Previa y al omitirla, la Administración vulnera este derecho generando graves afectaciones que se nombran anteriormente.

Asimismo, la sentencia T-425 de 2014 deja claro que “Es importante resaltar que, siempre que pueda hacerse una plena identificación de tales comunidades, a partir de los parámetros establecidos en este acápite y de la diversidad étnica y cultural reconocidos en el texto superior, los indígenas que se encuentran en los centros urbanos tienen a su favor, tanto como los que permanecen en áreas rurales cercanas a su origen, los derechos al autogobierno, a la supervivencia cultural, a la educación, la salud propia, la administración propia de justicia, la participación política, y, en general, a la especial protección del Estado, lo cual debe estar encaminado a través de una política pública en la cual se involucren todos los sectores interesados”. Sin embargo, en Bogotá se observa la vulneración de los derechos constitucionales para las comunidades étnicamente diferenciadas en contexto de ciudad.

 Personas de una comunidad en un sitio donde habitan y se aprecian las malas condiciones de vivienda

En un caso específico, del cual la concejala Ati Quigua hizo la denuncia pública, es sobre el Pueblo Emberá que ha sido revictimizado, después de ser desplazados de sus territorios. Hoy están en el edificio de la UPI “La Rioja”, actualmente hogar de 1.250 indígenas Emberá, del Pueblo Katio 980, Pueblo Chamí 80 y Siapidara 60. El lugar en donde están no cuenta con la infraestructura doméstica, por lo que en los salones de menos de 80 mts2 duermen 300 personas, unas 4 personas por metro cuadrado.

Son más de 687 niños y niñas que viven en este lugar, muchos presentando brotes por tuberculosis, de los cuales mueren en promedio 1 niño al mes y la Secretaria de Salud no los atiende, no hay planes de prevención y las condiciones de hacinamiento generan que las enfermedades se propaguen rápidamente y su desarrollo cultural se ha visto afectado. El pueblo que llevó los derechos indígenas a la Constitución del 91 hoy no goza de garantías para materializarlos.

Enlaces relacionados:

La concejala Ati Quigua en el marco del día internacional de los pueblos indígenas realizó debate de control político al gobierno de la alcaldesa Claudia López, sobre la implementación de las políticas públicas de la diversidad étnica y el artículo 66 del plan distrital de desarrollo: /la-concejala-ati-quigua-en-el-marco-del-dia-internacional-de-los-pueblos/cbogota/2021-08-10/172244.php

Concejo hizo un corte de cuentas a la Política Pública Étnica de Bogotá: /concejo-hizo-un-corte-de-cuentas-a-la-politica-publica-etnica-de-bogota/cbogota/2021-08-09/174852.php

Nuestra lucha por un Capítulo Étnico en el Plan de Desarrollo del Distrito Capital: /nuestra-lucha-por-un-capitulo-etnico-en-el-plan-de-desarrollo-del/cbogota/2020-10-29/113024.php

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