El Parque Ecológico Cerro Seco, ubicado en límites de la localidad de Ciudad Bolívar y el municipio de Soacha, ha sido desde décadas defendido por la comunidad para que prime su conservación sobre los diferentes conflictos medioambientales que ejercen presión sobre la toma de esta zona.
Según investigaciones el ecosistema subxerofítico podría comprender entre 365 y 500 hectáreas, de las cuales, mediante Resolución 1197 de 2013, se declararon 148,14 hectáreas de área protegida administradas por el Distrito en el parque metropolitano Arborizadora Alta, donde se ha encontrado especies de aves como el Cantor Sabanero y la Alondra Cornuda, las cuales se encuentran en vía de extinción.
Esta declaratoria prohibía todo tipo de actividades humanas que afectan el ecosistema, pero la magistrada Villamizar, en la Sentencia del Río Bogotá, ordenó al Ministerio de Ambiente definir las zonas compatibles con minería con el fin de proteger los valores ambientales de la Sabana mediante la Resolución 2001 de 2016, como esto no fue de su completo agrado suspendió parcialmente del acto administrativo y ordenó inspecciones judiciales a las zonas compatibles, para posteriormente exigir su cambio para excluir algunas y agregar otras.
La presidenta del Concejo de Bogotá, Mafe Rojas, expresa su preocupación, pues en 2016, la Secretaría Distrital de Ambiente bajo las directrices de Enrique Peñalosa, emitió la Resolución 520 de 2017 para retirar el carácter de reserva a Cerro Seco, dejándole la vía libre a las compañías mineras, permitiendo así la explotación por más de 20 años, generando más contaminación y pasivos ambientales irremediables.
Para eso, en el 2018, acatando las órdenes de Villamizar, el Ministerio de Ambiente nuevamente emitió la Resolución 1499 de 2018, y aunque no se conoce que se haya realizado la inspección correspondiente a Cerro Seco, estas decisiones terminaron afectando de manera orquestada este ecosistema.
Ante la decisión de la actual autoridad ambiental distrital de crear un parque de borde y un parque ecológico de montaña de Cerro Seco en el Plan de Ordenamiento Territorial, la magistrada abrió un incidente de desacato interpuesto por los mineros o receberos.
Lo que no recuerda la magistrada es que la Ley 99, en su artículo 61, tiene como sentido proteger la sábana con sus páramos, aguas, valles, cerros y sistemas montañosos. Por lo cual debe primar el medio ambiente y no la minería, que es lo que buscan las comunidades que han hecho de su territorio un lugar sagrado y por eso exigen ser escuchadas y vinculadas a la audiencia pública.
En la audiencia del viernes 20 de agosto, la magistrada Nelly Villamizar aceptó hacer una inspección judicial a Cerro Seco, gracias a una presentación realizada por las organizaciones ciudadanas donde denunciaron los impactos de la minería
De dichos estudios se podrá analizar la posibilidad de aumentar las áreas de lo hoy propuesto en el POT como parque ecológico de montaña y el parque de borde sobre las cuales se sobreponen las zonas compatibles con la minería y pueden ser zonas de protección.
Esta misma situación pasa en varios ecosistemas de nuestro país. Hoy más que nunca se vuelve vital pensar en todos los determinantes ambientales, su conservación, restauración, pero principalmente su protección.