Sentencia del Consejo de Estado sobre descontaminación del río Bogotá beneficiarán ambientalmente futuras generaciones

El río Bogotá es una cuenca prioritaria para el país, pues su contaminación tiene efectos negativos en los ecosistemas y en la salud de buena parte de la población colombiana, por lo que se requiere trabajar constantemente e integralmente en la recuperación de este recurso hídrico que actualmente recoge las aguas servidas de nuestra ciudad capital y varios de sus municipios aledaños.

Por esta razón la importancia en el dar cumplimiento a la Sentencia del Consejo de Estado, del 28 marzo del 2014, que ordenó su recuperación a través de 87 órdenes. Acciones que deberán cumplirse en plazos perentorios que van de tres meses a tres años, inicialmente.

 

 

Inventario de contaminantes 

 

 

Según un control de advertencia de la Contraloría General de la República, a la gestión del río Bogotá, del 22 de noviembre de 2013, deberá realizarse un inventario de la totalidad de sus contaminantes, como son las aguas residuales, industriales y domésticas, residuos agropecuarios, mineros, y, en general, todo tipo de despojos o vertimientos que afectan sus fuentes de agua.

 

 

La razón: La totalidad de los 45 municipios de la cuenca del río Bogotá, incluida la capital, no cuentan con estos datos importantes en el diagnóstico que dará como resultado la descontaminación futura del mismo. Al lograrlo, sería punto de partida para exigir a comerciantes e industriales un tratamiento inicial de residuos, previo al vertimiento de los desechos en la corriente receptora de este caudal de agua.

 

 

Al tener en cuenta el cumplimiento de estas normas, se garantizan las exigencias que permitirían asegurar criterios de calidad en el aprovechamiento de las aguas para el consumo humano y el desarrollo de actividades industriales y de agricultura. Tema expresado en el control de advertencia de la Contraloría.   

 

 

Municipios de la cuenca del rio Bogotá que no cumplen con las normas de vertimientos

 

 

En la actualidad catorce municipios de Cundinamarca no cuentan con plantas de tratamiento de aguas residuales. Estos son: Villapinzón, Guasca, Zipacón, Soacha, Sibaté, Granada, San Antonio del Tequendama, El Colegio, Anolaima, Ricaurte, Agua de Dios, Viotá, Apulo y Tocaima.

 

 

Según la Contraloría general, de los municipios que cuentan con PTAR, las que no cumplen con las normas de vertimiento son: Bogotá, Gachancipá, Chocontá, Suesca, Cogua, Cajicá, Tabio, Chía, Sopó, Subachoque, Mosquera, Funza, El Rosal y Facatativá.

 

 

La pregunta es si la PTAR salitre y las demás que no cumplen con las normas sobre vertimientos, ¿cómo hacer para que alcancen con los niveles establecidos en el Decreto 1594, de 1984, pues sólo el 3,2 por ciento cumple con lo señalado en el mismo.

 

 

Revisión del Decreto 1594 de 1984. Otro problema en descontaminación del río Bogotá

 

 

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, trabaja en una nueva norma que regulará los vertimientos de las PTAR en cuanto a parámetros y valores máximos permisibles.

 

 

Al tomar como referencia el Decreto 1594 de 1984, las normas de Brasil y de la Unión Europea y analizar el resultado, se ve que en la nueva norma (versión 5), que está elaborando esta entidad gubernamental, 25 de las PTAR señaladas cumplirían, pero al mirar las normas de Brasil sólo 10 lo harían, mientras que en comparación con la Unión Europea sólo tres llenarían los parámetros y porcentajes establecidos.

 

 

Por esta razón, la Contraloría General de la República advierte sobre un “posible riesgo de adoptar una reglamentación sobre los parámetros y los valores limitantes máximos permisibles en vertimientos puntuales con los que no se garantice la calidad del recurso agua para las presentes y futuras generaciones, acorde con estándares internacionales y que concluya exigencias orientadas a proteger el derecho fundamental a la salud y en consecuencia la vida”. 

 

 

La Contraloría General de la República advierte que es pertinente revisar la versión 5 de la norma sobre vertimientos que viene elaborando este ministerio. Lo anterior es preocupante, ya que se flexibilizarán las normas sobre los estándares de vertimientos, lo que conllevaría a una menor calidad del agua.

 

 

Entre otras cosas a destacar del fallo del Consejo de Estado sobre la descontaminación del río Bogotá, es el ordenamiento a la CAR, al Distrito Capital y a los demás entes territoriales aferentes a su cuenca hidrográfica, para que en doce meses, contados a partir de la aprobación y declaración de la modificación y actualización del Plan de Ordenación y Manejo de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá, POMCA, se modifiquen y actualicen los Planes de Ordenamiento Territorial (POT), Planes Básicos de Ordenamiento Territorial, PBOT, y Esquemas de Ordenamiento Territorial (EOT), ajustándolos con los contenidos del mismo.

 

 

También, la construcción del Consejo Estratégico de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá, CECH, y el Fondo Común de Cofinanciamiento, FOCOF, de manera transitoria y hasta tanto se expida la correspondiente ley de creación de la Gerencia de la Cuenca Hidrográfica del río Bogotá (GCH).

 

 

Finalmente, en el caso de ayudar a la financiación de la descontaminación del río Bogotá, el Consejo de Estado recoge mi propuesta plasmada en el punto 3, del Artículo 25. Estrategias, del Plan de Desarrollo, 2012 – 2016, “Bogotá Humana”, sobre lo establecido en el artículo 210 de la Ley 1450 de 2011.

 

 

El artículo 3, antes mencionado, afirma que se seguirán atendiendo sus lineamientos en lo relacionado con la adquisición y mantenimiento de zonas de conservación de recursos hídricos o para financiar esquemas de pago por servicios ambientales, la cual señala que los departamentos y municipios dedicarán un porcentaje no inferior al 1 por ciento de sus ingresos corrientes para efecto de dar cumplimiento a este dictamen. Norma por medio de la cual nuestra ciudad podrá aportar sustancialmente en la recuperación de este afluente del Magdalena.

 

Por: Orlando Santiesteban Millán                                         

Concejal Ambientalista de Bogotá

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