Luego de la demanda interpuesta por la concejal Mafe Rojas y su equipo para evitar construir entre calles 222 a 235, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca le dio la razón y, además de confirmar la medida cautelar, ordenó al Ministerio de Ambiente hacer un nuevo estudio técnico en el que se determine si los desarrollos urbanísticos en el área cumplen o no con los lineamientos ambientales. De la misma manera, el juez se pronunció sobre excepciones que había propuesto la parte demandada en el proceso y las negó de plano.
La fundamentación jurídica de la demanda se concreta en que la franja AP-2, comprendida entre las calles 222 a 235 de la capital, es suelo de protección ambiental y, por lo tanto, no puede ser urbanizada y debe ser excluida del proyecto. La importancia de esta franja en materia ambiental reside principalmente en que es la conexión entre la zona oriental y occidental de la Reserva (Thomas) Van Der Hammen, además de que es suelo rural protegido.
La medida fue apelada por el Ministerio Ambiente (y Desarrollo Sostenible) y demás demandados y confirmada por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca el cual adicionalmente ordenó a esta entidad realizar un estudio técnico en el que se debía determinar si los desarrollos urbanísticos en el área (AP–2) cumplen o no con los lineamientos ambientales.
“El Min Ambiente presentó dicho estudio realizado por el IDEAM y el instituto Von Humbolt y desde mi oficina controvertimos el estudio afirmando que no cumplía con lo ordenado por el Tribunal ya que no garantizaba objetividad, imparcialidad y transparencia” Puntualizó la concejal.
Instagram: @soymaferojas